martes, 17 de abril de 2007

SEGURIDAD

Ante la renuncia del vigilante Sr. Cesar Flores Gozme, se procedió a la convocatoria y a la selección del quinto vigilante, resultando elegido el Sr. Alexander Gallegos Cansino, el cual se ha integrado desde el miércoles 14 de julio al personal de vigilancia.
El coordinador de Seguridad Ciudadana de Cerro Colorado PNP Brigadier Patricio Cari, se encuentra colaborando con nosotros en la capacitación programada por el Consejo Directivo como parte del plan de seguridad.
Se ha coordinado con SEAL la reposición de los focos en mal estado del alumbrado publico.En base al trabajo del comité de apoyo, el cual ha elaborado un diagnostico de las ocurrencias, se ha ampliado el reglamento de vigilancia anterior y dado disposiciones, además se han reestructurado algunos formatos y creados otros.

SEGURIDAD

Ante la renuncia del vigilante Sr. Cesar Flores Gozme, se procedió a la convocatoria y a la selección del quinto vigilante, resultando elegido el Sr. Alexander Gallegos Cansino, el cual se ha integrado desde el miércoles 14 de julio al personal de vigilancia.
El coordinador de Seguridad Ciudadana de Cerro Colorado PNP Brigadier Patricio Cari, se encuentra colaborando con nosotros en la capacitación programada por el Consejo Directivo como parte del plan de seguridad.
Se ha coordinado con SEAL la reposición de los focos en mal estado del alumbrado publico.En base al trabajo del comité de apoyo, el cual ha elaborado un diagnostico de las ocurrencias, se ha ampliado el reglamento de vigilancia anterior y dado disposiciones, además se han reestructurado algunos formatos y creados otros.

ESTATUTO DE LA RESIDENCIAL LA FONDA

ESTATUTOS DE LA URBANIZACIÓN RESIDENCIAL “LA FONDA”

TITULO I : DEL NOMBRE, DOMICILIO Y DURACIÓN
Art. 1. La Asociación se constituye como persona jurídica de derecho privado, autónoma y sin fines de lucro denominándose "ASOCIACIÓN CIVIL DE VECINOS DE LA URBANIZACIÓN RESIDENCIAL LA FONDA” (LA-FONDA).
Art. 2. LA-FONDA, se regirá por las normas legales vigentes que rigen a las Asociaciones Civiles.
Art. 3. LA-FONDA efectuará las operaciones de sus metas, sin fines de lucro, teniendo todos sus socios igualdad de derechos y obligaciones.
Art. 4. El domicilio de LA-FONDA esta ubicado en la Jurisdicción del Municipio de Cerro Colorado, de la provincia de Arequipa, departamento de Arequipa.
Art. 5. La duración de LA-FONDA es indefinida y se contará a partir de julio del año 2005.
TITULO II: DE LOS FINES Y OBJETIVOS
Art. 6. LA-FONDA tiene los siguientes fines:

a) Promover y estimular la confraternidad entre sus socios con la finalidad de estrechar lazos de amistad, cooperación y unión entre las familias;
b) Apoyar y contribuir con el progreso de LA-FONDA, tales como el ornato y su seguridad;
c) Extender entre sus miembros programas de promoción social de manera tal que se logre la integración social y cultural entre sus asociados;
d) Colaborar con los planes y programas que propongan los diferentes Consejos Directivos.

Art. 7. LA-FONDA, para el cumplimiento de sus fines deberá:

a) Lograr la participación plena de sus asociados, administración y control de la Urbanización, en concordancia con los Estatutos.
b) Establecer y mantener relaciones con urbanizaciones vecinas, Concejo Provincial, Concejo Municipal de Cerro Colorado y Autoridades de la Región u otras Instituciones.
c) Organizar y ejecutar programas de acción cultural en función de los objetivos y de la factibilidad económico ‑ financiera
d) Lograr la financiación de sus actividades mediante el aporte ordinario y extraordinario de sus asociados, adquisiciones o donaciones.


TITULO III: DE LOS ASOCIADOS
Art. 8. Son requisitos para ser miembros de la Asociación:
a) Residir o tener una propiedad en la urbanización La Fonda;
c) Comprometerse a respet